"""""""""""""""""""""""""""""""""""""""""""""""""""""""""""""""""""""""""""""""""""""""""" POLÍTICA LDF05 DEFINITIVA DE INDEMNIZACIÓN """""""""""""""""""""""""""""""""""""""""""""""""""""""""""""""""""""""""""""""""""""""""" DOCUMENTO: LDF05001 .RTF CASOS: 1.- En los contratos a término fijo, el valor de los salarios correspondientes al tiempo que faltare para cumplir el plazo estipulado del contrato; o el del lapso determinado por la duración de la obra o la labor contratada, caso en el cual la indemnización no será inferior a quince (15) días de salario bàsico o promedio segùn sea el caso. Ejemplo: El contrato inicia el 1 de enero de 2005 con una duraciòn de seis meses es decir termina el 30 de junio de 2005, el empleador decide dar por terminado el contrato de trabajo el 30 de mayo de 2005 entonces la indemnizaciòn procedera asi: Dias que faltan para terminar el contrato 30 dìas se le cancelaran estos como valor de indemnizaciòn por despido. 2.- En los contratos a término indefinido la indemnización se pagará así: a) Para trabajadores que devenguen un salario inferior a diez (10) salarios mínimos mensuales legales: 1. Treinta (30) días de salario cuando el trabajador tuviere un tiempo de servicio no mayor de un (1) año. 2. Si el trabajador tuviere más de un (1) año de servicio continuo se le pagarán veinte (20) días adicionales de salario sobre los treinta (30) básicos del numeral 1, por cada uno de los años de servicio subsiguientes al primero y proporcionalmente por fracción. Ejemplo: El trabajador devenga $1.000.000 de pesos de salario bàsico y lleva laborando 5 años y 3 meses en la companìa la indemnizaciòn procedente es: 30 dìas de salario por el primer año y 80 dìas por los 4 años siguientes y 5 dìas por la fracciòn de meses en total a pagar 115 dìas de indemnizaciòn sobre el salario a calcular. b) Para trabajadores que devenguen un salario igual o superior a diez (10), salarios mínimos legales mensuales. 1. Veinte (20) días de salario cuando el trabajador tuviere un tiempo de servicio no mayor de un (1) año. 2. Si el trabajador tuviere más de un (1) año de servicio continuo, se le pagarán quince (15) días adicionales de salario sobre los veinte (20) días básicos del numeral 1 anterior, por cada uno de los años de servicio subsiguientes al primero y proporcionalmente por fracción. Ejemplo: El trabajador devenga $7.772.000 de pesos de salario bàsico y lleva laborando 5 años y 3 meses en la companìa la indemnizaciòn procedente es: 30 dìas de salario por el primer año y 60 dìas por los 4 años siguientes y 3.75 dìas por la fracciòn de meses en total a pagar 93.75 dìas de indemnizaciòn sobre el salario a calcular. c) A los trabajadores que al momento de entrar en vigencia la presente ley, tuvieren diez (10) o más años al servicio continuo del empleador, se les aplicará: a) Cuarenta y cinco (45) días de salario cuando el trabajador tuviere un tiempo de servicio no mayor de un (1) año; b) Si el trabajador tuviere más de un (1) año de servicio continuo y menos de cinco (5), se le pagarán quince (15) días adicionales de salario sobre los cuarenta y cinco (45) básicos del literal a), por cada uno de los años de servicio subsiguientes al primero, y proporcionalmente por fracción; c). Si el trabajador tuviere cinco (5) años o más de servicio continuo y menos de diez (10), se le pagarán veinte (20) día adicionales de salario sobre los cuarenta y cinco (45) básicos del literal a), por cada uno de los años de servicio subsiguientes al primero, y proporcionalmente por fracción; y d) Si el trabajador tuviere diez (10) o más años de servicio continuo se le pagarán cuarenta (40) días adicionales de salario sobre los cuarenta y cinco (45) básicos del literal a), por cada uno de los años de servicio subsiguientes al primero, y proporcionalmente por fracción. PARAGRAFO TRANSITORIO. Los trabajadores que al momento de entrar en vigencia la presente Ley tuvieren diez (10) o más años al servicio continuo del empleador, seguirán amparados por el ordinal 5o del artículo <../leyes/D2351_65.HTM> del Decreto-Ley 2351 de 1965, salvo que el trabajador manifieste su voluntad de acogerse PARA QUE CUMPLA CON TODOS LOS PUNTOS DE LEY ANTERIORES LAS VARIABLES A MATRICULAR SON: Rel ARG. Variable Tipo de dato DATO DESCRIPCION AG AG Ldf:Agrup_Cpt_Ac Alfanumerica BPAF aGRUPACIONDE CONCEPTOS AG AG Ldf:Agrup_Cpt_BA Alfanumerica BPAF Base para Adicionar al Básico AG AG Ldf:Agrup_Cpt_Bsv Alfanumerica BPAF AGR. PARA CALCULO PROMEDIO MT 01 Ldf:Npag Alfanumerica S No Pago NULL MT 03 Ldf:Npag Alfanumerica S No pagar el liquidaciòn Def MT 04 Ldf:Npag Alfanumerica S No pagar MT 05 Ldf:Npag Alfanumerica S No Pagar MT 06 Ldf:Npag Alfanumerica S No Pagar MT 08 Ldf:Npag Alfanumerica N No Pagar MT 09 Ldf:Npagar Alfanumerica S No pagar MT 10 Ldf:Npagar Alfanumerica S No pagar No No Ldf:Tbl_adic Alfanumerica 01 Otra tabla adicionales a 10 ños No No Ldf:Debug Numerica 00000001 Visualizador Visualizador No No Ldf:Dias_Indem Numerica 00000364 Dias de indemnizaciòn No No Ldf:Dias_Sal_Pro Numerica 00000364 dias del salario promedio No No Ldf:DiasBsv Numerica 00000364 Dias de Salario Promedio No No Ldf:DiaSlrPrm Numerica 00000364 Dias de Salario Promedio No No Ldf:MnjDiaSalpro Alfanumerica U Maneja dia de salario promedio No No Ldf:Nslmin Alfanumerica 10 Numero de salarios minimos No No Ldf:OtrTbl Alfanumerica 02 Otra tabla 20 años No No Ldf:OtrTbl3 Alfanumerica 03 Tabla anterior No No Ldf:Tabla Alfanumerica 01 Tabla de 10 años No No Ldf:tbl_cond Alfanumerica P Condicion Tabla No No Ldf:TipCld Alfanumerica C Tipo de calendario No No Ldf:Tipo_Prom Alfanumerica P Tipo de Promedio Salarial No No Ldf:Tipo_Sal Alfanumerica B Tipo de Salario No No Ldf:TipoSal Alfanumerica B Salario a Basico No No Ldf:TipoTabla Alfanumerica SI Tipo de Tabla No No Ldf:Var_TopSub Numerica 4 Tope del Auxilio No No Ldf:VlrSub Numerica 44500 Subsidio de Transporte No No Prs:NoAsumaBas Alfanumerica S No asuma el basico 3. Pagar indemnización así:  Se maneja la tabla 1 para los empleados que tenga menos de 10 años de trabajo y ganen menos de 10 salarios mínimos.  Se maneja la tabla 2 par los tenga menos de 10 años de trabajo y ganen más de 10 salarios mínimos.  La tabla 3 es para los que tienen más de 10 años de antigüedad (según una fecha de corte). Se le resta ausencias totales para calcular los días de antigüedad. Tipo de Salario Basico REL ARG VARIABLE DESCRIPCIÓN TIPO DATO AG AG Ldf:Agrup_Cpt_AU Agrupación de ausencias Alfanumerica AUSE No No Ldf:APlicaAU Aplica ausencias a días totales Alfanumerica T No No Ldf:debug Visualizador Numerica 00000001 No No Ldf:Dias_Indem Días de indemnización Alfanumerica 360 No No Ldf:Dias_Sal_Pro Días de Salario Promedio Numerica 00000360 No No Ldf:Fecha_Corte Fecha de Corte Fecha 27.12.1992 No No Ldf:Ff_Au Fecha final de ausencias Fecha 80357 No No Ldf:Fi_Au Fecha Inicial de Ausencias Fecha 58443 No No Ldf:Nslmin Nro de Salario mínimos Alfanumerica 10 No No Ldf:OtrTbl Mas de 10 Mínimos (Tabla 2) Alfanumerica 02 No No Ldf:Tabla Menos de 10 mínimos (Tabla 1) Alfanumerica 01 No No Ldf:TipAu Tipo de Ausencia Alfanumerica A No No Ldf:TipCld Tipo de Calendario Alfanumerica C No No Ldf:OtrTbl3 Mas de 10 años (Tabla 3) Alfanumerica 03 No No Ldf:Tipo_Sal Tipo de Salario Promedio Alfanumerica B 4. Caso de Indemnizaciones por terminacion unilateral sin justa causa del contrato, tomando como promedio el ultimo salario mas el promedio de comisiones de ultimo ano sin tener en cuenta subsidio de trasporte. Se deben crear las siguientes tablas de antigüedad: - Trabajadores que devengen menos de 10 salarios minimos mensuales vigentes o Hasta un ano de servicio se debe pagar 30 días de salario o Mas de un ano de servicio se debe pagar 30 días de salario por el primero ano y 20 días adicionales por cada ano. - Trabajadores con diez salarios o mas SMMLV o Hasta un ano de servicio se debe pagar 20 días de salario o Mas de un ano de servicio se debe pagar 20 días de salario por el primero ano y 15 días adicionales por cada ano. - Vigencia Trabajadores con mas de 10 anos de servicio al 27 de diciembre de 2002, se rigen por el articulo 6 ley 50 de 1990 La parametrizacion para este caso es la siguiente: Nombre de Variable Descripción Relacion Argumento Tipo de Variable Dato Concepto Ldf:Agrup_Cpt_Bsv AGRUPACION PARA CALCULO PROMEDIO AG AG Alfanumerica 0057 0057 Ldf:CldProrreteo Ldf:CldProrreteo No No Alfanumerica C 0057 Ldf:CrtFijo Ldf:CrtFijo CT TF Alfanumerica S 0057 Ldf:Debug Visualizador No No Numerica 00000001 0057 Ldf:Dias_Acu Ldf:Dias_Acu No No Alfanumerica 00000360 0057 Ldf:Dias_Chg_Sal Ldf:Dias_Chg_Sal No No Alfanumerica 00000090 0057 Ldf:Dias_Minimos Ldf:Dias_Minimos No No Alfanumerica 00000001 0057 Ldf:Dias_Sal_Pro Ldf:Dias_Sal_Pro No No Numerica 00000360 0057 Ldf:DiasBsv Dias de Salario Promedio No No Numerica 00000360 0057 Ldf:Ext_Agrup Ldf:Ext_Agrup AG AG Alfanumerica 0057 0057 Ldf:Ext_Aplic Ldf:Ext_Aplic No No Alfanumerica B 0057 Ldf:Ext_Fte Ldf:Ext_Fte No No Alfanumerica D 0057 Ldf:Fecha_Corte Ldf:Fecha_Corte No No Fecha 70130 0057 Ldf:Ff_Au Ldf:Ff_Au No No Fecha 75608 0057 Ldf:Fl_Au Ldf:Fl_Au No No Fecha 75244 0057 Ldf:Npag No Pago con justa causa MT 01 Alfanumerica S 0057 Ldf:Npag No pagar por terminacion del contrato MT 03 Alfanumerica S 0057 Ldf:Npag No pagar renuncia voluntaria MT 04 Alfanumerica S 0057 Ldf:Npag No liuidar RL SI Alfanumerica S 0057 Ldf:Nslmin Numero de salarios minimos No No Numerica 00000010 0057 Ldf:OtrTbl LEY 789/02 > 10 SM No No Alfanumerica 09 0057 Ldf:OtrTbl3 ANTES DE LEY 789/02 No No Alfanumerica 07 0057 Ldf:Tabla LEY 789/02 < 10A <10 No No Alfanumerica 08 0057 Ldf:tipAu Ldf:tipAu No No Alfanumerica A 0057 Ldf:TipCld Tipo de calendario No No Alfanumerica C 0057 Ldf:Tipo_Sal Tipo de Salario No No Alfanumerica B 0057 Ldf:TipoTabla Tipo de Tabla No No Alfanumerica S 0057 CASO 5 Republica Dominicana: Desde 90 días y hasta 179= 7 días de salario; Desde 180 días y hasta 359 días= 14 días de salario; Desde 360 días en adelante, 28 días de salario. Para el caso de este pais no aplica el descuento de los 360 dias como fijos para el primer año. Esto se soluciona colocando la variable: Ldf:TpIndemn - Tipo de Indemnización Variable tipo Alfanumerica Con Dato en R. Como se calcula el Salario Promedio (Formula)= Total devengado por (SALARIOS Y VACACIONES) durante el último año o durante el tiempo trabajado si este es inferior a un año (SIN INCLUIR EXTRALEGALES)/ días trabajados * 30 Este resultado se divide entre 23,83(Factor Fijo) y este se multiplica por los días a pagar Para efectos del salario promedio, remitase al documento o_promsal001.rtf Adicione las variables del caso anterior dependiendo su necesidad.